Suspensión de la cotización de los valores listados con clave de cotización LOMCB que se negocian en el mercado de deuda.  
Fecha de Recepción en BMV: lunes 24 agosto 2009 08:40 AM

Prefijo
AVISUBMV
 
Emisoras
LOMCB
 
Clave Cotización
BMV
 
Fecha
24/8/2009
 
Razón Social
Bolsa Mexicana de Valores, S.A.B. DE C.V.
 
Lugar
MEXICO, D.F.
 
Asunto
Suspensión de la cotización de los valores listados con clave de cotización   
LOMCB que se negocian en el mercado de deuda.
 
Aviso de Suspensión
La Bolsa Mexicana de Valores, S.A.B. de C.V., informa que:                    
                                                                              
Con fundamento en lo establecido por el artículo 248 de la Ley del Mercado de 
Valores, en relación con los artículos 33 y 45 de las Disposiciones de        
carácter general aplicables a las emisoras de valores y a otros participantes 
del mercado de valores emitidas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores
y por la disposición 10.015.01 de su Reglamento Interior, a partir de esta    
fecha (24 de agosto de 2009) da a conocer los valores que se negocian en el   
Mercado de Deuda y decreta la suspensión de la cotización de los mismos, en   
virtud de que las emisoras no presentaron la información mensual              
correspondiente a julio de 2008, respecto de títulos fiduciarios sobre        
créditos adquiridos en masa, en los términos previstos por las referidas      
disposiciones, ni explicación que justificara el incumplimiento de la         
obligación antes referida:                                                    
                                                                              
Clave: LOMCB                                                                  
Razón Social: The Bank of New York Mellon, S.A. Institución de Banca Múltiple 
Bank of New York Mellon en su calidad de fiduciario del fideicomiso número    
F/00641                                                                       
Tipo de Valor: 91                                                             
Serie: 09                                                                     
                                                                              
                                                                              
Este informe lo realiza la Bolsa Mexicana de Valores, S.A.B. de C.V., en      
cumplimiento a lo establecido por el artículo 72 de las citadas disposiciones,
para todos los efectos a que haya lugar, por lo que los intermediarios del    
mercado de valores y las empresas que administran mecanismos tendientes a     
facilitar las operaciones con valores inscritos en el Registro Nacional de    
Valores, deberán abstenerse de canalizar solicitudes u órdenes tendientes a   
celebrar operaciones con los valores antes identificados.