La administración de nuestro negocio recae en nuestro Consejo de Administración, el cual está
compuesto actualmente por 15 consejeros y sus suplentes.
Nuestros actuales consejeros y sus suplentes fueron elegidos o ratificados en
nuestra Asamblea de Accionistas celebrada el 28 de abril de 2008 y continuarán
en su encargo hasta la próxima asamblea anual de accionistas.
De conformidad con la
LMV, por lo menos 25% de los miembros del consejo de
administración de una compañía pública deben ser independientes. De conformidad
con nuestros estatutos sociales, la mayoría de los miembros de nuestro Consejo
de Administración y al menos una mayoría de los miembros de cada uno de
nuestros comités deberán ser independientes, excepto por el Comité de Auditoría
y el Comité de Prácticas Societarias, Disciplinario, Normativo y de Listado de
Valores donde la totalidad de los miembros deberán ser consejeros
independientes.
Facultades del Consejo
de Administración
De conformidad con la
LMV y nuestros estatutos sociales, el Consejo de
Administración debe aprobar, entre otras cosas:
Ø
operaciones inusuales o no recurrentes;
Ø
cualquier operación que implique la adquisición o enajenación de
bienes con valor igual o superior al 5% de nuestros activos consolidados;
Ø
el otorgamiento de garantías o la contratación de pasivos por un
monto total igual o superior al 5% de nuestros activos consolidados;
Ø
la designación o remoción de nuestro Director General y su remuneración;
Ø
las políticas para el otorgamiento de créditos a partes
relacionadas, sujeto a la aprobación de una Mayoría Calificada;
Ø
dispensas otorgadas a nuestros consejeros o funcionarios para
aprovechar oportunidades de negocios que de otra forma nos pertenezcan o a las
sociedades que controlamos;
Ø
las políticas internas de contabilidad y control; estas
facultades también corresponden a nuestro comisario, existiendo cierta
duplicidad de funciones;
Ø
políticas en materia de divulgación de información;
Ø
la aprobación de los servicios a prestar en la BMV y las cuotas a cobrar por
dichos servicios, tomando en cuenta la opinión de nuestro Director General;
Ø
la admisión de nuevos miembros a los que se les permita la
intermediación de valores en la
BMV;
Ø
la emisión de reglas autoregulatorias (a través del comité
correspondiente, que tendrá una mayoría o totalidad de miembros
independientes);
Ø
supervisar la acción o inactividad de los miembros de la BMV (mediante el comité
correspondiente);
Ø
la imposición de sanciones a miembros que incumplan; y
Ø
la suspensión o cancelación del listado en la Bolsa de cualesquiera
valores, en este último caso, con la aprobación de la CNBV.