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Consejo de Administración
  Consejo de Administración

 

La administración de nuestro negocio recae en nuestro Consejo de Administración, el cual está compuesto actualmente por 15 consejeros y sus suplentes. Nuestros actuales consejeros y sus suplentes fueron elegidos o ratificados en nuestra Asamblea de Accionistas celebrada el 28 de abril de 2008 y continuarán en su encargo hasta la próxima asamblea anual de accionistas.

 

De conformidad con la LMV, por lo menos 25% de los miembros del consejo de administración de una compañía pública deben ser independientes. De conformidad con nuestros estatutos sociales, la mayoría de los miembros de nuestro Consejo de Administración y al menos una mayoría de los miembros de cada uno de nuestros comités deberán ser independientes, excepto por el Comité de Auditoría y el Comité de Prácticas Societarias, Disciplinario, Normativo y de Listado de Valores donde la totalidad de los miembros deberán ser consejeros independientes.

 

Facultades del Consejo de Administración

 

De conformidad con la LMV y nuestros estatutos sociales, el Consejo de Administración debe aprobar, entre otras cosas:

 

Ø operaciones inusuales o no recurrentes;

 

Ø cualquier operación que implique la adquisición o enajenación de bienes con valor igual o superior al 5% de nuestros activos consolidados;

 

Ø el otorgamiento de garantías o la contratación de pasivos por un monto total igual o superior al 5% de nuestros activos consolidados;

 

Ø la designación o remoción de nuestro Director General y su remuneración;

 

Ø las políticas para el otorgamiento de créditos a partes relacionadas, sujeto a la aprobación de una Mayoría Calificada;

 

Ø dispensas otorgadas a nuestros consejeros o funcionarios para aprovechar oportunidades de negocios que de otra forma nos pertenezcan o a las sociedades que controlamos;

 

Ø las políticas internas de contabilidad y control; estas facultades también corresponden a nuestro comisario, existiendo cierta duplicidad de funciones;

 

Ø políticas en materia de divulgación de información;

 

Ø la aprobación de los servicios a prestar en la BMV y las cuotas a cobrar por dichos servicios, tomando en cuenta la opinión de nuestro Director General;

 

Ø la admisión de nuevos miembros a los que se les permita la intermediación de valores en la BMV;

 

Ø la emisión de reglas autoregulatorias (a través del comité correspondiente, que tendrá una mayoría o totalidad de miembros independientes);

 

Ø supervisar la acción o inactividad de los miembros de la BMV (mediante el comité correspondiente);

 

Ø la imposición de sanciones a miembros que incumplan; y

 

Ø la suspensión o cancelación del listado en la Bolsa de cualesquiera valores, en este último caso, con la aprobación de la CNBV.

 

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