Son vehículos para el
financiamiento de bienes raíces. Ofrecen pagos periódicos (rentas)
y a la vez tiene la posibilidad de tener ganancias de capital (plusvalía).
Definidos en el artículo 223 y
224 de LISR: son fideicomisos que se dediquen a la adquisición o
construcción de bienes inmuebles que se destinen al arrendamiento o a la
adquisición del derecho a percibir ingresos provenientes del arrendamiento de
dichos bienes así como a otorgar financiamiento para esos fines.
Requisitos para ser una FIBRA:
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Sociedades
mercantiles o Fideicomisos inmobiliarios conforme a leyes mexicanas.
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70% de activos estén
invertidos en bienes raíces.
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Dedicados a la
construcción, arrendamiento, compra y venta de inmuebles.
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Que el fiduciario
distribuya entre los tenedores, al menos el 95% del resultado fiscal del
ejercicio anterior.
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Que los inmuebles no
se enajenen antes de 4 años a partir de la terminación de su construcción.
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Públicas: colocadas
entre gran público inversionista
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Privadas: al menos
10 personas, no partes relacionadas, y que ninguna posea más de 20% de los
certificados.
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